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Reclamar a la Administración Pública por accidentes de circulación

Jose Manuel Ferro Veiga
pubblicato da Jose Manuel Ferro Veiga

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En España se tramitan cada año alrededor de tres millones y medio de este tipo de multas, lo que supone que dos de cada diez conductores son sancionados, al menos, en una ocasión durante este periodo. Las diferencias con otras faltas residen, principalmente, en las consecuencias: un importante desembolso económico además de la retirada del permiso de conducir por un tiempo determinado, indefinido o definitivo. A esto se añade el hecho de que la actual Ley de Seguridad Vial reduce el tiempo de pago de la multa, lo que significa que, en ocasiones, se embarga la cuenta corriente del infractor si no abona en el plazo previsto la cantidad estipulada. "Sin duda, el mayor número de quejas que presentan los ciudadanos se refieren a este tipo de sanciones que consideran desproporcionadas en la mayoría de los casos".

Se consideran infracciones leves:Paradas que superen los dos minutos en pasos de cebra o zonas de uso exclusivo de minusválidos, circular con menores de doce años situados en los asientos delanteros o menores de siete en motocicletas, utilizar teléfonos móviles y emisoras de radio sin sistema de manos libres y circular en bicicleta sin elementos reflectarios. Por infracciones graves se entiende: Conducir de forma negligente, arrojar a la vía objetos que puedan producir accidentes, incumplir las disposiciones legales sobre tiempos de descanso, parar o estacionar en lugares peligrosos y circular sin luces en situaciones de mala visibilidad. La DGT clasifica como infracciones muy graves: Sobrepasar en más de un 50% la velocidad establecida como máxima, conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de forma temeraria, no someterse a las pruebas de alcoholemia, ocupar en más de un 50% el número de plazas establecidas para un vehículo, circular en sentido contrario al establecido y competir o hacer carreras de vehículos no autorizados.

Por lo general, las multas se dividen en:

- Infracción leve: hasta 100 €

- Infracción grave: 200 €

- Infracción muy grave: 500 €

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